Puedes descargarlo sin rellenar nada: lo que falte sale entre [corchetes] y resaltado en amarillo.
Comunicación previa de la instalación de un punto de recarga de vehículo eléctrico
A la atención de la presidencia de la [comunidad de propietarios].
D./D.ª [nombre y apellidos], propietario/a de la [plaza de garaje] de esa comunidad, que es una plaza individual de garaje,
COMUNICA
Que va a instalar en su plaza un punto de recarga de vehículo eléctrico para uso privado. Esta comunicación se hace de acuerdo con el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, que para esta instalación solo exige la comunicación previa a la comunidad.
- Empresa instaladora: [empresa instaladora].
- Fecha prevista de inicio de la obra: [fecha de inicio].
- Alimentación eléctrica: según el esquema que fije la memoria técnica de la empresa instaladora.
Se adjunta la memoria técnica de diseño de la instalación.
El coste de la instalación y el consumo de electricidad del punto de recarga correrán íntegramente a su cargo (art. 17.5). La obra respetará las instalaciones generales y los elementos comunes, evitando daños o desperfectos (art. 9.1.a). Al acabar, entregará una copia del certificado de la instalación.
En [localidad], a 3 de noviembre de 2026.
Firma del propietario/a
Fdo.: [nombre y apellidos]
Recibido por la presidencia de la comunidad, el día ____________. Firma: ____________
Vista previa del documento. Los datos que escribes no salen de tu navegador, salvo que pidas recibir el modelo por email.
- Entrégalo antes de empezar la obra y guarda una copia con la firma de recibido o el justificante de envío. La ley no fija forma ni plazo de espera (art. 17.5).
- Si tu plaza no es individual o quieres colgar el cargador de la luz común del garaje, este escrito no basta: lo explicamos más abajo.
¿Buscas cómo se hace, paso a paso? Lo explicamos en Cargador de coche eléctrico en el garaje comunitario.
Qué tiene que decir
La ley solo pide que la comunicación a la comunidad sea previa, y pone a cargo de quien instala el punto de recarga el coste de la instalación y el consumo de electricidad (art. 17.5). No exige un formato. El modelo añade la empresa instaladora, la fecha, de qué contador sale la luz y el recorrido del cable, que es lo que permite a la comunidad saber qué se va a tocar.
La memoria técnica de diseño la prepara la empresa instaladora antes de empezar y dice qué esquema de conexión se usa (ITC-BT-52, apartado 3). La Ley de Propiedad Horizontal no obliga a entregarla, pero adjuntarla evita preguntas.
Cuándo este escrito no basta
Si la plaza no es individual, el art. 17.5 no se aplica y, a nuestro entender, hace falta acuerdo de la junta.
Si quieres colgar el cargador de la luz común del garaje en lugar de tu contador, la electricidad sigue siendo tuya (art. 17.5), y si hay una «transacción comercial» que dependa de lo que mide, cada punto de recarga lleva un contador secundario (ITC-BT-52, apartado 5.5). A nuestro entender, eso ya no es solo comunicar: hay que acordar con la comunidad cómo se mide y se cobra. Lo explicamos en la guía.
Si la comunidad está en Cataluña
El Código civil catalán pide más: enviar a la presidencia o a la administración el proyecto técnico treinta días antes de empezar la obra y, al acabar, la certificación técnica. En esos treinta días la comunidad puede proponer una alternativa razonable y más adecuada a sus intereses generales; si no la hace efectiva en dos meses, el propietario puede ejecutar la instalación que había proyectado (art. 553-36.3). El Código no define el proyecto técnico, y el reglamento eléctrico, para un cargador corriente, solo pide la memoria técnica de diseño (ITC-BT-04, apartados 3.1 y 4): pregunta antes a la comunidad si le basta la memoria. La versión «Cataluña» del modelo recoge el procedimiento.
Dónde lo dice la ley
Art. 17.5 · Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal
Punto de recarga en plaza individual: solo comunicación previa
Texto oficial leído el
Art. 9.1.a · Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal
Respetar las instalaciones generales y evitar daños
Texto oficial leído el
Art. 18 · Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal
Impugnar un acuerdo contrario a la ley
Texto oficial leído el
Apartados 3 y 5.5 · Reglamento electrotécnico para baja tensión (RD 842/2002), ITC-BT-52
Memoria técnica con el esquema; contadores secundarios
Texto oficial leído el
Arts. 553-31 y 553-36.3 · Libro V del Código Civil de Cataluña
Proyecto técnico con treinta días de antelación; impugnación
Texto oficial leído el
Apartados 3.1 y 4 · Reglamento electrotécnico para baja tensión (RD 842/2002), ITC-BT-04
Memoria técnica de diseño o proyecto
Texto oficial leído el
Preguntas que nos hacen
¿Tengo que esperar a que la comunidad me conteste?
Con la Ley de Propiedad Horizontal, no: solo exige que la comunicación sea previa a la instalación y no fija ningún plazo (art. 17.5). En Cataluña, el proyecto técnico se envía treinta días antes de empezar la obra, y en ese plazo la comunidad puede proponer una alternativa (art. 553-36.3 del Código civil catalán).
¿Y si la junta acuerda prohibirme el cargador?
Si tu plaza es individual, ese acuerdo contradice el art. 17.5, que solo pide comunicarlo. Lo puedes impugnar como contrario a la ley en el plazo de un año si salvaste tu voto en la junta, si no fuiste (el año cuenta desde que te comunican el acuerdo) o si te privaron indebidamente del voto, y siempre que estés al corriente de pago o consignes la deuda (art. 18). En Cataluña impugnan quienes votaron en contra y los ausentes que se opusieron, en un año desde la notificación del acta (art. 553-31 del Código civil catalán).
¿Tengo que adjuntar la memoria técnica?
La Ley de Propiedad Horizontal no lo exige, pero ayuda: dice de qué contador sale la luz y qué esquema de conexión se usa (ITC-BT-52, apartado 3). En Cataluña sí hay que enviar el «proyecto técnico» (art. 553-36.3 del Código civil catalán), que la ley no define.
¿Tienes otra duda?
Búscala entre las guías para presidentes, la Ley de Propiedad Horizontal explicada artículo a artículo, las inspecciones obligatorias y los modelos en Word.
¿Qué inspecciones tiene que pasar tu edificio?
Comprueba en 30 segundos qué inspecciones obligatorias tiene tu comunidad según dónde esté el edificio y cómo sea, y cuándo vence cada una.
Requisitos cotejados contra el texto oficial vigente el . El modelo es orientativo: revísalo antes de usarlo y, si tu caso tiene algo especial, consulta con un profesional.